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¿POR QUÉ CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA CON INVERSIÓN?

Selecciona el capital asegurado entre UF 500 y UF 15.000.

Principales características del Seguro de Vida con Inversión

  • Puede ser contratado desde los 18 hasta los 69 años y 364 días.
  • Libre elección de beneficiarios.
  • Sin cargos por rescates totales ni parciales.
  • Vigencia anual renovable, no garantizada.
  • Edad máxima de permanencia hasta los 79 años y 364 días.
  • La inversión no tiene rentabilidad garantizada.

Características del seguro

En caso de fallecimiento del asegurado por una causal cubierta, pagará a los beneficiarios el mayor valor entre el Capital Asegurado, y el Valor Póliza a la fecha de denuncio del siniestro más el 10% del Capital Asegurado.

El cliente puede elegir el Capital Asegurado desde UF 500 hasta UF 15.000.

  • Puedes seleccionar el monto mensual que deseas pagar, siempre que este sea igual o superior a la prima mínima requerida, de tal forma que mientras más pagues por sobre la prima mínima más aumentará tu valor póliza.
  • Rentabilidad vinculada a FFMM Gestión Activa Santander que pueden ser modificados a elección del cliente.
    • Fondo Gestión Activa Agresiva > Perfil Agresivo.
    • Fondo Gestión Activa Equilibrio > Perfil Moderado.
    • Fondo Gestión Activa Prudente > Perfil Conservador.
  • La rentabilidad de los fondos mutuos puede ser positiva o negativa.

FALLECIMIENTO (POL 2 2022 0154)

  • Siniestros derivados directa o indirectamente del resultado de una fisión o fusión nuclear o de radioactividad.
  • Actos de terrorismo llevados a cabo utilizando armas o materiales nucleares, biológicos y/o químicos.
  • Suicidio, automutilación, o autolesión. No obstante, la compañía aseguradora pagará el monto de indemnización a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieran transcurrido dos (2) años desde la celebración del contrato.
  • Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra.
  • Participación del asegurado como autor o cómplice en cualquier acto delictivo.
  • Acto delictivo cometido en calidad de autor o cómplice por un beneficiario, o quien pudiere reclamar la indemnización.
  • Ejercicio de actividad o profesión en la cual se porten armas.
  • Práctica de deportes de manera profesional o federada.
  • Conducir cualquier medio de transporte motorizado bajo la influencia del alcohol o los efectos de cualquier narcótico o droga. Lo anterior se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
  • La realización de una actividad o deporte riesgoso, que haya sido consultado por la Compañía Aseguradora y/o declarado por el asegurado y de lo cual haya quedado constancia en las Condiciones Particulares y que las partes hayan acordado excluir de la cobertura, al no aceptar el contratante un recargo de prima. De dicha exclusión deberá dejarse constancia detallada en las Condiciones Particulares de la póliza.
  • Enfermedades o condiciones de salud preexistentes.

De acuerdo al art. 8 bis de la Ley Nacional del Cáncer N°21.258, el asegurado no está obligado a declarar enfermedades oncológicas si han transcurridos 5 años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior.

De ocurrir el fallecimiento del asegurado en algunas de las circunstancias antes señaladas, se producirá el término del seguro, y el valor póliza pasará a constituir parte de la masa hereditaria del contratante.

El Valor póliza o CUI (Cuenta única de inversión) corresponde a una cuenta que refleja los abonos y descuentos que se hacen a la póliza. El valor póliza corresponderá al saldo de una cuenta expresada en dinero y se determinará en forma diaria de la siguiente forma:

Se abonarán al saldo de la cuenta:

  • La prima pactada durante el mes.
  • La rentabilidad positiva o negativa obtenida durante el mes.
  • Valor póliza al último día del cierre del mes anterior.

Se descontarán del saldo de la cuenta:

  • Costos de cobertura del periodo.
  • Cargos de comercialización.
  • Rescates parciales.

Al realizar un rescate total, es decir, retirando el valor póliza (inversión) del seguro, la vigencia de la póliza se termina, en cambio el rescate parcial permite continuar con la póliza vigente, pero solo se permite 1 rescate parcial por año de vigencia de la póliza, siempre que se deje un monto equivalente a 3 primas mínimas en el Valor Póliza (inversión). Ambos rescates no tienen cargos.

Al momento de hacer un rescate el cliente debe tener presente que la rentabilidad positiva de los rescates se encuentra afecta al impuesto a la renta. Recuerda que es responsabilidad de cada cliente estar informado y tomar sus propias decisiones en materia tributaria.

El cliente podrá ingresar a su sitio privado donde tendrá disponible su cartola.

El saldo de la cuenta única de inversión o valor póliza, se determina de la siguiente forma.

Valor póliza en el período = valor póliza al último día del mes anterior + prima pactada del período +/- rentabilidad del período – costos coberturas período – Cargo de administración - rescates

  • La aseguradora indexará la variación del valor cuota de la modalidad de inversión elegida, a la rentabilidad que aplicará mensualmente sobre el valor póliza.
  • En caso de que, para un periodo de cálculo de rentabilidad, la póliza haya tenido cambios de modalidad de inversión, la modalidad a aplicar será la correspondiente a cada modalidad, proporcional al número de días que la modalidad se encontró vigente.
  • El contratante podrá cambiar de fondos de inversión o modificar la distribución de los mismos, máximo 2 veces al mes llamando al Contact Center.

No es posible realizar aportes extraordinarios.

Conoce todos los detalles de las coberturas, exclusiones.

Más información

¿Cómo utilizar el seguro?

En caso de fallecimiento del titular, los beneficiarios o herederos deberán presentar los documentos especificados en la póliza.

Los beneficiarios deben entregar la documentación vía mail a recepcionbeneficios@Zurich-Santander.cl O presencial en la sucursal del Banco Santander más cercana.

Infórmese sobre la diversificación de la producción del intermediario Santander Corredora de Seguros Ltda. en la web del Banco Santander. Cubre el riesgo Zurich Santander Seguros de Vida Chile S.A. quien se encuentra adherida al Código de Autorregulación de las Compañías de Seguros y está sujeta al Compendio de Buenas Prácticas Corporativas, que contiene un conjunto de normas destinadas a promover una adecuada relación de las compañías de seguros con sus clientes. Copia de este Compendio se encuentra en la página web aach.cl. Asimismo, ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de Zurich Santander Seguros de Vida Chile S.A o a través de la página web ddachile.cl. La información tributaria contenida en esta página es meramente informativa, en ningún caso la Compañía ni el Corredor de Seguros están prestando asesoramiento tributario ni se responsabiliza de eventuales cambios normativos que modifiquen el tratamiento fiscal. La información presentada es sólo un resumen de las principales características del seguro Vida con Inversión. El detalle de las características, exclusiones, carencia y deducibles se encuentran señaladas en las condiciones generales depositadas en el registro de pólizas de la CMF bajo el código POL 2 2022 0154 Seguro Vida con Inversión.

Preguntas frecuentes

Condiciones del sorteo:

Condiciones Campaña:

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