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Asegura tu hogar online y automáticamente estarás participando en el sorteo.

Promoción válida desde el 01 al 30 de junio de 2021. Sorteo 20 de julio de 2021.

  • La asistencia en sala de urgencia cubre hasta $1.217.366 (UF 43)*  y se extiende al asegurado titular, su cónyuge y/o pareja, todos los hijos consanguíneos del asegurado titular menores de 24 años de edad y que vivan a expensas económica del asegurado titular y la asesora del hogar con contrato de trabajo vigente.
  • Cubre muerte accidental al asegurado titular hasta por $7.077.715 (UF 250)*, según plan contratado.

Con este seguro estarás protegido frente a fallecimiento accidental por capitales asegurados que tu podrás seleccionar, que podrán ser desde UF 100 a UF 250, el monto que tu elijas lo podrá recibir quien designes como beneficiarios.

Además este producto cuenta con un beneficio adicional de Asistencia en Sala de Urgencia Médica, que consiste en que ud. y en caso que así lo requiera, su grupo familiar, cónyuge o pareja e hijos del asegurado menores de 24 años e incluso su empleado(a) doméstica con contrato vigente, podrán contar sin costo adicional con atención en salas de urgencias a causa de enfermedad o accidente, en diferentes clínicas o centros asistenciales del país.

Este beneficio adicional de Asistencia en Sala de Urgencia Médica que consiste en:
  • Cubrir todos los Gastos médicos del servicio de urgencia no cubierto por la Institución Previsional de Salud, ya sea estatal, privada o de bienestar del beneficiario, asociados a la cuenta final de una atención en salas de urgencia por accidente o enfermedades, incluso si ud. ha padecido enfermedades preexistentes, además del traslado en ambulancia, si es que fuese necesario. Tendrá cobertura en medicamentos que estén incluidos en la cuenta final de una atención en salas de urgencia e incluye los exámenes de imageneología propios y necesarios de la atención de urgencia, incluidos en la cuenta de Sala de Urgencia.
  • El monto máximo de gasto por cada urgencia estará definido según el plan seleccionado, para ti y si contratar el plan familiar, para tu grupo familiar también. en caso de urgencia por enfermedad (limite 3 eventos) , y sin topes de eventos en caso accidentes.
  • Sólo para el caso de enfermedades contará con una carencia de 30 días desde el inicio del seguro. En caso de nacimiento de hijos durante la vigencia de la póliza, el plazo de carencia se contará para ellos desde el día de nacimiento.
  • Para beneficiarios que posean sistema de salud (isapre o Fonasa), se aplicará el monto de asistencia al 100% de los gastos que deba pagar luego de IMED, y para los beneficiarios que no posean sistema de salud (isapre o Fonasa), aplicará el monto de la asistencia al 50% de los gastos que el asegurado deba pagar.

Para contar con estas coberturas usted debe ser mayor de 18 años y menor de 68 años y 364 días y lo protegeremos hasta los 70 años.

La compañía no será responsable de pago alguno por muerte accidental, que sea consecuencia de:
  • Efectos de guerra, declarada o no declarada.
  • Participación del asegurado en algún delito.
  • Actos de terrorismo llevados a cabo utilizando armas o materiales nucleares, biológicos y/o químicos.
  • Ejercicio de actividad o profesión en la cual se porten armas.
  • Práctica de deportes de manera profesional o federada.
  • Siniestros derivados directa o indirectamente del resultado de una fisión o fusión nuclear o de radioactividad.
  • Conducir cualquier medio de transporte motorizado bajo la influencia del alcohol o los efectos de cualquier narcótico o droga.

Qué hacer en caso de siniestro

En caso de fallecimiento accidental del asegurado, el siniestro deberá ser denunciado dentro del plazo de 30 días desde ocurrido. Para esto, ingresa aquí. Si tienes algún inconveniente con la denuncia online llámanos al 600 320 3000.

Los documentos a presentar para la liquidación del siniestro en caso de muerte accidental del asegurado corresponden a los siguientes:

  • Certificado de defunción original con causa de muerte del asegurado.
  • Alcoholemia y/o examen toxicológico.
  • Parte policial que acredite que el fallecimiento fue causado por un accidente.

La Compañía se reserva el derecho de solicitar antecedentes adicionales para la liquidación del siniestro, ya sea directamente a los beneficiarios u a otros organismos, los que podrán ser aportados por los beneficiarios.

Qué hacer en caso de urgencia médica

Para asegurar su atención, debes seguir los siguientes pasos:

  • Primero solicitar la asistencia de urgencias médicas llamando al 800 397 397, identificando al asegurado titular que contrató el producto, y proporcionar información veraz y oportuna para poder atenderlo debidamente.
  • Coordinar los servicios con la central de coordinación y asistir al prestador coordinado con la asistencia.

Obtén más información sobre asistencia.

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Conoce todos los detalles de las coberturas, exclusiones y asistencias.

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Protege a tu familia en todo momento con un seguro que, además de cubrir muerte accidental, incluye asistencia ante urgencias médicas.

Preguntas frecuentes

Condiciones del sorteo:

Condiciones Campaña: